Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: CON LUGAR LA PRETENSIÓN propuesta por el ciudadano: JOSÉ RODRIGO LOZADA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº V-3.738.849, contra ALCALDIA DEL MUNICIPIO CANDELARIA DEL ESTADO TRUJILLO y Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en juicio, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo, no obstante ello, el monto de la condenatoria no podrá exceder del 10% del valor de la demanda de conformidad con lo establecido en el Art. 157 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Notifíquese mediante oficio al ciudadano Sindico Procurador Municipal de conformidad con lo establecido en el artículo 153 jusdem. Publíquese y Regístrese.