En virtud a las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Intimante MARCELO VASQUEZ ABARCA en fecha 01 de octubre de 2003 (f. 211) contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, en fecha 17 de septiembre de 2003 (fs. 202 al 206). En consecuencia, SE DECLARA FIRME LOS HONORARIOS PROFESIONALES intimados por el abogado MARCELO VASQUEZ ABARCA contra el ciudadano Ramón Rufino López, ya identificados, quien deberá cancelar la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.800.000,oo) por concepto de honorarios profesionales. SE CONFIRMA la sentencia objeto de apelación.
Expídase copia certificada de la presente decisión, a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese y bájese en su oportunidad.....