ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, visto el desarrollo de la audiencia y por cuanto se evidencia de las actas procesales y de la exposición y consignación presentada del servicio social, en base a lo dispuesto en el articulo 647 literal "h" de la L.O.P.N.A. decreta la cesación de la medida por cumplimiento de la sanción de Reglas de Conducta, como lo establecido en el artículo 645 de la Ley especial. Por lo que se ordena su libertad plena.
El Juez de Ejecución
Abg. Gerardo Pérez González
El Secretario