Por las razones antes expuestas, éste Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de cualquier tercero, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: WLADIMIR JOSE DORANTES DORANTES , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.179.551, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos VETILDE DEL ROSARIO, (VIUDA), MARIA ALEJANDRA, DAYANA CAROLINA, Y KARINA CAROLINA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad N° V-5.916.237, v-15.506.380, V-15.444.759 Y 1.7619.231 respetivamente, todos de este domicilio
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-------------------------------------------------------------
Dada, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren .....