En virtud de las consideraciones anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
Primero: SIN LUGAR el reclamo presentado por la parte demandada HIDROLARA C.A y La validez del Informe Pericial presentado por la experto contable Lic Beatriz Santana, por considerar está ajustado a derecho y dentro de los límites del fallo.