Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA PENA, impuesta al penado IVAN ANTONIO ROMAN CACERES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 21.206.671, de 23 años de edad, obrero domiciliado en el Sector La Sarita II, al lado de la escuela "Ángel Méndez", Monay, Estado Trujillo; en virtud del cumplimiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena conforme a lo establecido en los artículos 510 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase copia de la presente decisión a la Unidad técnica de apoyo al sistema penitenciario Trujillo, Estado Trujillo, penado, representación fiscal y defensa. Ofíciese lo .....