Vista el Acta de fecha 21.03.05, donde el penado LUIS ENRIQUE TORREALBA FLORES, titular de la cédula de identidad Nº 16.532.191, solicita PERMISO ESPECIAL (48 horas) para visitar a sus hijos quienes viven en El Ujano, Barrio Las Clavellinas, sector 5 Nº 39, calle las Margaritas, Barquisimeto, Estrado Lara. Este Tribunal para decidir previamente observa que en fecha 15.03.05 se le otorgó al penado LUIS ENRIQUE TORREALBA FLORES, el beneficio de Destacamento de Trabajo, tomando en consideración el artículo 272 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, así como rehabilitación del Penado a la sociedad civil, se considera procedente otorgar al penado LUIS ENRIQUE TORREALBA FLORES, el PERMISO DE ESPECIAL (48 horas), para visitar a sus hijos.
Por tanto este Tribunal OTORGA EL PERMISO ESPECIAL, solicitado para el penado LUIS ENRIQUE TORREALBA FLORES, titular de la cédula de identidad Nº 16.532.191, para visitar a sus hijos, quienes viven en El Ujano, Barrio Las Clavellinas, sector 5 Nº 39.....