este Juzgado por medio del presente, ante la manifestación de voluntad expresada por la parte, procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO PLANTEADO contra la empresa CELULAR CENTER BARALT C.C., C.A., forma de auto-composición procesal escogida por las partes en la presente fase de mediación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, otorgándole el carácter de cosa juzgada