Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Admisible la adhesión a la acción de amparo interpuesta en el acto de la audiencia oral constitucional propuesta por el ciudadano JOSE CARLOS CORTES CRUZ.
SEGUNDO: Se declara la nulidad del poder apud acta conferido por el ciudadano FARID DJOWRRAYED, a los abogados JOSE RAMON VARELA VARELA, LUIS CARLOS LARA SANTAMARIA, IBRAHIN QUINTERO SILVA y FRANCISCO VILLAVICENCIO, de conformidad con lo expuesto en el presente fallo.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos ANTONIO MIRAGLIA MEDUGNO, ISABELLA DE FRENZA DE GUERRA, GIUSEPPE GUERRA BRANDONISIO, PEDRO RAFAEL TORRES GONZALEZ, NANCY EULALIA TORRES GONZALEZ, VICENTE JOAQUIN T.....