En base a los razonamientos ya explanados, este Tribunal Superior Tercero Agrario, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Improcedente la Regulación de Competencia interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora abogado Néstor Alvarez Yépez, y a la cual se adhirió el abogado Rafael Monagas Escalona, apoderado judicial de la parte demandada.
En tal sentido se Declaran INADMISIBLES los recursos de apelación interpuestos por los abogados Jackson Pérez Montaner y Rafael Monagas Escalona, apoderado actor y apoderado accionado respectivamente, interpuesto contra la sentencia de fecha 10 de enero de 2003. No hay condenatoria en costas por ser inadmisible la apelación.