En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, ejercido por los ciudadanos MAIRA ALEJANDRA COLMENARES CASTILLO y CERGIO CUEVAS LANDAETA, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.240.637 y V-9.549.038, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 78.948 y 48.023, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la firma mercantil AGRÍCOLA PAPELÓN, C.A. (AGRIPACA), inscrita por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 17 de julio de 1974, bajo el N° 95, folios 22 al 29 vto., Tomo II; en contra de la Resolución Nº 283-2008-03-08, de fecha.....