se decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre BIENES MUEBLES de la parte demandada por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL (Bs. 120.000,00), que comprende el DOBLE del capital exigido más:
A- SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs60.000, 00): Capital exigido.
B- TRES MIL SEICIENTOS BOLÍVARES (Bs. 3.600,00): Derecho de comisión al 5% del valor de la letra de cambio.
Más las costas que son calculadas prudencialmente en la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs. 15.000,00), el cual podrá recaer especialmente sobre un vehículo propiedad del demandado, según así aparezca en el certificado de registro de vehiculo respectivo, consignado a tal efecto por la parte intimante el cual posee las siguientes características: Marca: CHEVROLET; Modelo: AVEO; Color: AZUL; Serial del Motor: 35V300530; Serial de Carrocería: 8Z1TJ52635V300530; Año: 2005; Placa: KBF-56G; Clase: AUTOMOVIL; Tipo: SEDAN; Uso: PARTICULAR; haciéndose la salvedad que si dicho embargo recae sobre CANTIDADES DE DINERO, el mismo deberá s.....