Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por LUIS RAFAEL RODRIGUEZ OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.401.893 contra CORCAUCHOS C.A. y SIN LUGAR la acción en contra de la sociedad mercantil, COVENCAUCHO INDUSTRIAS S.A, S.A, por cuanto existe prescripción de la acción en su contra. Así se decide.