ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensor Privado Abg. GLADIMIRO JOSE UZCATEGUI, actuando como defensor del Acusado, YONATHAN RAFAEL COELLO SEGOVIA, suficientemente identificado en autos, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, publicada en fecha 12 de Marzo del año 2007, mediante la cual condenó a su representado, a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en agravio de la SOCIEDAD. SEGUNDO: QUEDA C.....