Del acuerdo transaccional presentado, se evidencia que la demandada reconociendo la sentencia dictada, y realizando los ajustes correspondientes propone como pago a los fines de dar por terminado el presente juicio la cantidad de Bs. 100.000,00, con lo cual quedan satisfechos los beneficios laborales pretendidos; no evidenciándose menoscabo de los derechos irrenunciables del trabajador. Así se establece.
En virtud de la aceptación del demandante en el pago ofrecido por la demandada y aclarados los puntos controvertidos, existiendo facultad expresa de los abogados para transigir, este Tribunal procede a homologar la transacción celebrada entre las partes por cumplir los extremos de Ley, ya que una vez analizados los puntos se observó el cumplimiento de las prestaciones irrenunciables de todo trabajador. Así se decide.