Por tales motivos, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, INADMITE el recurso extraordinario de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión dictada por este Tribunal en fecha 02 de mayo de 2018.