PRIMERO: HOMOLOGA la transacción judicial celebrada entre la ciudadana YRAIDA ELIZABETH CAMACARO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la cedula de identidad N° 7.353.829., y la empresa POLY PRINT DE VENEZUELA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el N° 06, Tomo N° 67-A, de fecha 22/12/1997, representada por el Abg. JOSÉ ALEJANDRO GIL LUQUE.
SEGUNDO: Declara terminado el presente procedimiento.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dadas las resultas del proceso. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los 22 días del mes de junio del año Dos Mil Cuatro (2004). Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
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