Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, declara NULAS todas las actuaciones ocurridas en el presente juicio a partir del día 07 de noviembre de 2016, inclusive, dejando como válido y efectivo el nombramiento del defensor judicial designado.
Se ordena la reposición de la presente causa al estado de que se cumpla con la formalidad de que el defensor designado acepte el cargo y preste el juramento de ley.
En razón de la naturaleza jurídica del presente fallo se exime de costas a las partes intervinientes.