Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 19 de mayo de 2008, por el abogado Albert Martín Prieto Arias, apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 14 de mayo de 2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, se declara CON LUGAR la demanda de resolución de contrato de venta con reserva de dominio seguido por C.A. Central Banco Universal contra la empresa Corporación CBR C.A. Quedó así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 14 de mayo de 2008. Se condenó en costas a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 281 del CPC.