En Audiencia Especial solicitada por las partes, y acordada por el Tribunal de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; comparece la parte oferente empresa CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A., por medio de su apoderada judicial abogada CARMELITA BASTIDAS AGUILAR, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 60.121, de la misma manera se hizo presente la parte oferida ciudadano RONARD JOSÉ MARTÍNEZ CARRASQUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.478.714, Asistido en este acto por el Procurador de Trabajadores, el abogado RUBEN RONDON, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 38.886, las partes llegan al siguiente acuerto: la parte oferente ofrece cancelar la cantidad de bs 101.056,31. la parte oferida conviene y acepta. El Tribunal Homologa el acuerdo de las partes.