III
D I S P O S I T I V A
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la quejosa, Centro de Computación Valsystem, C. A. contra la decisión proferida por el A quo en fecha 22 de mayo de 2014, en el presente juicio de amparo constitucional seguido por la prenombrada recurrente, ya identificada, contra decisión adoptada por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 3 de octubre de 2012, en el juicio que por cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento de prórroga legal, le siguió el ciudadano Reinaldo Lozano Jaimes y .....