Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR EL RECURSO DE REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA, interpuesto por el abogado Martin Diaz Coll, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, se declaró que la COMPETENCIA POR LA MATERIA para conocer del juicio por indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, seguido por la abogada Iveida Corina López Medina, en su condición de apoderada judicial de la Alcaldía del Municipio Iribarren del estado Lara, contra el ciudadano Ramón Cristóbal Rodríguez y la empresa Multinacional de Seguros, CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CENTROCCIDENTAL, CON SEDE EN LA CIUDAD DE BARQUISIMETO, ESTADO LARA. Quedó asi REGULADA LA COMPETENCIA.