este tribunal DECLARA con lugar la solicitud de la fiscalia a favor del ciudadano ORLANDO ANTONIO LUQUE BARRIOS, CI. 13.745.458, de 27 años, natural de Trujillo, hijo de Rolando Luque y Beatriz Barrios, domiciliado en la urbanización El Prado, Edificio Ponsige, apto 2b2, ocupación chofer la Línea Trujillo Valera por la comisión de los delitos de amenazas y violencia física previsto en los artículos 16 y 17 de la ley homónima para ese momento en agravio de Maria Alejandra Briceño Álvarez, por los hechos ocurridos en fecha 30 de julio del año 2003. Esta decisión se basa en los artículos 1, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 48 numeral 8, 318 numeral 5 y 324, del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 2, 3, 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Quedan las partes presentes debida y legalmente notificadas de la decisión. Así mismo se ordena remitir la presenta causa a archivo definitivo y ciérrese informáticamente la misma.