este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley establece que el monto de los honorarios profesionales de la experta contable Econ. Teresita Vietri son Bolívares Seis Mil (Bs. 6.000,00), que resulta de multiplicar la cantidad cuatro (4) horas de trabajo por Bolívares Un Mil Quinientos (Bs. 1.500,00), que es el valor de la hora según el citado Instrumento de tarifa.
Queda establecido que la presente fijación de honorarios profesionales, no obsta para que la demandada pueda con la intervención del Juez celebrar convenios sobre los derechos que habrán de pagar a dicho auxiliar de justicia. Todo de conformidad con los artículos 54 y 55 de la Ley de Arancel Judicial.