En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Parcialmente con lugar las pretensiones de la parte actora ciudadanos ANA CECILIA GARMENDIA PEREZ y MOISES ADAN SILVA JUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.409.032 y V-4.409.497, respectivamente contra la demandada BANCO DE VENEZUELA S.A., condenándose al empleador conceder el beneficio de jubilación pretendido y a pagar los conceptos determinados en la parte motiva de ésta decisión, los cuales serán sometidos a experticia complementaria del fallo a objeto de determinar las cantidades por concepto de indemnización así como lo correspondiente a indexación e intereses de mora. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dado .....