PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el tercero interesado, en contra de la decisión de fecha 18 de julio de 2023 dictada por el Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del procedimiento.
TERCERO: Conforme al Artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se ordena la notificación de la presente decisión a dicho órgano en la ciudad de Caracas.