DECISION
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, da por CONSUMADO dicho DESISTIMIENTO y en consecuencia, LO PASA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, quedando FIRME el auto dictado en fecha 03 de diciembre de 2024 por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, el cual negó oír la apelación interpuesta contra auto de fecha 22 de noviembre de 2024, en el juicio de PARTICIÓN Y DISOLUCIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL signada con la nomenclatura N° KP02-V-2024-000627, acción interpuesta por la ciudadana MARIA ANTONIETA RITROVATO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.603.332, contra el ciudadano MATTEO FITTIPALDI MARCASCIANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identida.....