TRIBUNAL PENAL DE CONTROL DE LA SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa que se le sigue al adolescente ________, portador de la Cédula de Identidad Nº _____, por el delito de Lesiones Intencionales menos Graves, previsto en el artículo 415 del Código Penal venezolano, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la protección al Niño y al Adolescente. Se ordena la remisión del expediente al Archivo Central para su archivo definitivo en la oportunidad legal, Quedaron todas las partes presentes notificadas de la decisión en virtud de que se publicó ésta resolución en el día de hoy. Remítase la causa con oficio anótese su salida en los libros respectivos.-
El Juez de Control LOPNA
Abg. Jesús Amado Rivero Álvarez
La Secretaria
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