Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad d e la Ley, EN PRIMER LUGAR; admite la acusación presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público, contra el ciudadano DILSON MIGUEL PEREZ AZUAJE, natural de Sabana de Mendoza estado Trujillo, nacido el 19-11-76, de 29 años de edad, soltero, albañil, cédula de identidad N° 19101864, hijo de María Azuaje y Miguel Pérez, , domiciliado en la urbanización Valmore Rodríguez, calle 05, casa sin número, Sabana de Mendoza estado Trujillo, por el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra la mujer y la Familia y EN SEGUNDO LUGAR, se le SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al ciudadano DILSON MIGUEL PEREZ AZUAJE, , por el lapso de SEIS MESES, y se le impone como condiciones, 1) Prohibición de.....