|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 23/02/2011 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
KP02-J-2010-001204
|
N° Sentencia :
406-2011
|
Fecha: 23/02/2011 |
Procedimiento: Divorcio 185 - A |
Partes: CARMEN CECILIA TORRELABA Y CARLOS JOSE ANTEQUERA APONTE. |
Resumen:
este Tribunal Tercero de Primera Instancias del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos CARMEN CECILIA TORRELABA y CARLOS JOSE ANTEQUERA APONTE, por ante el Registro Civil de la Parroquia Gustavo Vegas León, Municipio Simón Planas, del estado Lara, en fecha 29 del mes diciembre del año 1994, acta número 18, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1994.
|
Juez/Ponente:
Lisbeth Leal Aguero
|
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
|
N° Expediente :
KP02-J-2011-000494
|
N° Sentencia :
404-2011
|
Fecha: 23/02/2011 |
Procedimiento: Divorcio 185 - A |
Partes: CRISBEL GRISETH MORALES PABON Y JUAN CARLOS ZAPATA PERAZA |
Resumen:
este Tribunal Tercero de Primera Instancias del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil y por consiguiente Disuelto el Vinculo Matrimonial contraído por los ciudadanos CRISBEL GRISETH MORALES PABON y JUAN CARLOS ZAPATA PERAZA, por ante el Juzgado Primero del Municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 14 del mes marzo del año 2002, acta número 09, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 2002. En lo concerniente a la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza de su hijo será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, siendo que La Custodia la ejercerá la madre. En cuanto a La Obligación de Manutención, el padre suministrara la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) mensuales. Los cuales entregara a la m.....
|
Juez/Ponente:
Lisbeth Leal Aguero
|
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
|
|
|
|
|