PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso ordinario de apelación ejercido por la ciudadana abogada BRIGITTE DI NATALE A, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada, vale decir, Sociedad Mercantil VIEMA INGENIERIA, C.A., en su carácter de deudora principal en la persona de los ciudadanos JUAN CARLOS MAGUAL MANDE y RICARDO MANUEL EGEA ALFONSO, y de los ciudadanos OSWALDO ENRIQUE ANZOA PÉREZ y JORGE ANTONIO VILACHA CHAUGA, en su condición de fiadores y pagadores solidarios, (todos ampliamente identificados en el encabezamiento del presente fallo), contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de septiembre de 2011. Así se decide.
SEGUNDO: En acatamiento al orden público constitucional y a los fines de garantizar a las partes el derecho a la defensa, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva y a la equidad, conforme a sentencia vinculante, pacifica y reiterada Número:33, dic.....