Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia, en la demanda de nulidad interpuesta por el abogado CHARLES VALENTE GONZÁLEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA COLEGIO SANTA ANA DE MAIQUETÍA, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 028-2008 de fecha 31 de enero de 2008, dictada por la Inspectoría del estado Vargas.