se observa que la solicitante no ha suministrado la información requerida por este Tribunal. En consecuencia, se declara la INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA en la presente causa, por cuanto es imposible para este despacho seguir adelante con la presente solicitud sin tener originales o copias certificadas de la sentencia de divorcio que acredite el derecho que se reclama.
En consecuencia, este Tribunal dispone desincorporarlo del Archivo ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este despacho, remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dese por terminado en el sistema Juris2000. Cúmplase.
Regístrese y publíquese, déjese copia certificada para los archivos de este Tribunal y expídanse copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Superior del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, a lo.....