Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de enero de 2012, por la abogada Indira Yosandy Fermín Padrón, apoderada judicial de la parte querellante, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de enero de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, mediante la cual se negó a ejecución de la medida de secuestro, en la querella interdictal de restitución por despojo incoada por el ciudadano Cicriano Cornelio Guzman, en contra del ciudadano Antonio Alejandro Bucci Yanez. Quedó asi CONFIRMADA la decisión apelada. Se condenó en costas a la parte apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.