Del acuerdo transaccional presentado, se desprende el rechazo en la generación de los conceptos extraordinarios pretendidos, situación que convino el actor; sin embargo, el trabajador manifiesta su decisión unilateral de poner fin a la relación de trabajo, por lo que se pactó el pago de sus prestaciones sociales, tomando en cuenta la duración del vínculo y el salario devengado; que luego de calcular los conceptos, se estableció como monto definitivo transaccional la cantidad de Bs. 400.000,00, con lo cual quedan satisfechos los beneficios laborales generados durante la relación; no evidenciándose menoscabo de los derechos irrenunciables del trabajador comprendidos en la Ley Orgánica del Trabajo. Así se establece
En virtud de la aceptación de la parte demandante en el pago ofrecido por la demandada y aclarados los puntos controvertidos, este Tribunal procede a homologar la transacción celebrada entre las partes por cumplir los extremos de Ley, ya que una vez analizados los puntos se.....