DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Almarina Ferrer Guerrero, en su condición de Defensora Publica Penal de los ciudadanos ARBIN JESUS COLMENAREZ ESCALONA y WILBER VALERIO QUINTERO PEÑA, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 4 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 25/09/2013 y Fundamentada en Fecha 26/09/2013, mediante el cual le decreto la Medida Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadano ARBIN JESUS COLMENAREZ ESCALONA y WILBER VALERIO QUINTERO PEÑA por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A LA UNIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el articulo 357 aparte 3, en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, p.....