este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy; declara CONCLUIDA LA AUDIENCIA CONCILIATORIA y se deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, el cierre y archivo del expediente se proveerá por auto separado. Finalmente el ciudadano Juez, ordenó la devolución en este momento de los escritos de pruebas y pruebas consignadas en su oportunidad en virtud del acuerdo alcanzado, de igual manera la parte demandada se acuerda en este acto expedir copia certificada de la presente. La ciudadana Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes deb.....