PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadana LOURDES PILAR MARQUEZ TORRENTE y como consecuencia de ello, CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO que incoara en su contra la Sociedad Mercantil INMOBILIA, C. A., razón por la cual este Tribunal declara resuelto el contrato de compra venta suscrito y otorgado por las partes ante la Notaría Publica Décima Tercera de Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital, el día 25 de noviembre de 2015, inserto bajo el No 33, Tomo 47, folios 118 hasta 120 de los libros de autenticaciones posteriormente registrado por ante el Registr xo Publico del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 02 de diciembre de 2015, inscrito bajo el numero 2015.998 objeto de la acción en virtud de su incumpliendo contractual.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada a la inmediata restitución y devolución del inmueble distinguido por una (1) oficina con el Numero Nº 512, situada en.....