DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: SEQUERA TORRES OSCARLYN VANESSA y PEREZ BRITO YOHENNYS ALFREDO, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Moran, del estado Lara, en fecha 21 de agosto de 2.014, anotado bajo el Nº 208, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevado durante el año 2.014. Durante la unión matrimonial NO procrearon hijos. Se declara extinguida la comunidad de gananciales entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Civil. Se declara firme la Sentencia de conformidad a la Sentencia N° 305, de fecha 18 de mayo de 2017, del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes, expídanse los juegos de copias certificadas solicitadas.