Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se ACEPTO LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA planteada en fecha 11 de marzo de 2011, por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centroccidental, en el asunto KP02-R-2011-00132, y se declaró la competencia de esta alzada para conocer y decidir el recurso de regulación planteado en el juicio por daños y perjuicios por fraude mercantil, interpuesto por el ciudadano Orange Marcial Pacheco Lucena, contra la sociedad mercantil Corp Banca, C.A. Banco Universal.