Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta en fecha 18 de Julio de 2008, por el Abogada ALI SANCHEZ MONTILLA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano GEORGE ESPINOZA TOVAR, por cuanto su defendido como consecuencia de una nulidad decretada por el Tribunal de Juicio tiene mas de treinta días ilegítimamente privado de su libertad en espera de la realización del acto formal de imputación, ante lo cual solicitó el decaimiento de dicha medida sin que el Tribunal haya emitido pronunciamiento alguno hasta la presente fecha, lo que a juicio del accionante violenta su derecho a la libertad, a la oportuna y adecuada respuesta, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva.