"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 12 al 20 y presentado por el ciudadano ALEXI JOSE DAVILA, titular de la C.I. V-13.014.421, asistido por el Abogado YAJAIRA RUIZ, IPSA Nº 65.603, en su carácter de parte oferida y la oferente GRAN HORIZONTE BAR RESTAURANTE, C.A., en la persona de su abogado YARILIS VIVAS, IPSA Nº 86.849, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.13.675,85), la que es pagada mediante un cheque del Banco Mercantil, Nº 31677011, de fecha 13-01-2014, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo, .....