DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Erika María Toussaint Morales, en su condición de Defensora Privada del ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNANDEZ, contra la decisión dictada en fecha 06 de Octubre de 2011 y fundamentada el 17 de Octubre de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual condena al referido ciudadano a cumplir la pena de NUEVE (09) años de prisión, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana DAIDUBE DEL CARMEN RAMÍREZ.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADA la decisión recur.....