Este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación incoado por el ciudadano ERIK ALEXANDER BALLESTEROS LÓPEZ, contra la decisión dictada el día 20 de mayo de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto. En consecuencia, se modifica el monto a aportar por el obligado a la cantidad de 1.800 bolívares mensuales y se mantiene los demás conceptos fijados en la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia e de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto en fecha 20 de may.....