Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Helly Rodríguez Meléndrez y Amparo De Jesús Jiménez, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.617.441 y V-13.846.216, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los une, que contrajeron el veintidós (22) de Marzo de Dos Mil Dos (2002), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, (hoy Distrito Capital), según acta N° 06; por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artíc.....