Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal en Función de Control Nº 2 actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Autorizar al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental, para que realice el Traslado con las seguridades del caso a la Cárcel de Trujillo de Lester Luís Visla Medina, C.I. Nº V- 19.884.408, haciendo la Salvedad este Juzgador que se deberá realizar el Procedimiento Legal establecido en los artículos 1, 9,11 y 12 de la Ley de Régimen Penitenciario a través de la Coordinación de Traslados de la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso, con el objeto de poder conocer si están dadas las condiciones para recibir el respectivo traslado, garantizando así salvaguardar la salud y el resguardo de la integridad física del penado. Remítase Copia de la presente decisión anexa a Oficio al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (Uribana); al di.....