éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, en consecuencia DECLARA, a los ciudadanos ROSA DEL CARMEN ESCALONA DE PEREZ, ALTAGRACIA MELANIA ESCALONA DE ESCALONA, CELIA MARINA ESCALONA PEREZ y YENNY TIBISAY ESCALONA PEREZ venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.919.391, V-4.192.219, V- 9.635.843 y V-9.846.510, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante VICTOR JOSE ESCALONA GUEDEZ, antes identificado.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ord.....