En consecuencia, este Tribunal de Control No. 05, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, que interpuso la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Lara, en relación a denuncia interpuesta ante la Fiscalia Novena y en la cual aparece como victima la ciudadana MARÍA ELENA PÉREZ, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 7.404.451, residenciada en la calle 8ª, carrera 3, parcela 47, Valles de Uribana, y en consecuencia ordena la devolución de las actuaciones al Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, en la oportunidad legal correspondiente. Notifíquese a las partes.