Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional autónomo interpuesta por la ciudadana MAITE MANCHOBAS MANDALUNIZ, debidamente asistida por la abogada ANA ANSELMY, ambas plenamente identificadas en el encabezado del presente fallo, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR -SEDE NORTE-..
SEGUNDO: DECLINA la competencia en los Juzgados Laborales de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que éstos, previa su asignación por distribución, continúen conociendo de la presente acción. Remítase el expediente.