DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de enero de 2016, por la abogada Tatiana Benavides, en su carácter de mandataria de la compañía Multinacional de Seguros C.A., contra el dictamen proferido por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 11 de enero de 2016, cuyo fallo se confirma de acuerdo a la motivación contenida en el cuerpo de la presente decisión.
SEGUNDO: CON LUGAR EL DERECHO AL COBRO DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADOS estimados e intimados en el escri.....